PUBLICACIÓN BIMESTRAL DE LA UNIÓN DE CONSUMIDORES DE ARGENTINA. Nº 8. AGOSTO 2013

La tragedia de Rosario ha vuelto a poner en el centro de la escena la cuestión de la calidad de los servicios públicos y la responsabilidad de los prestadores en nuestro país

En efecto, tal como sucedió con la tragedia de ONCE donde murieron 51 personas y se puso foco en la desastrosa gestión sobre el sistema ferroviario, ahora la sociedad toma nota del inestable equilibrio en el que vivimos cotidianamente.

Sin dudarlo, en ambos casos estamos frente a servicios públicos concesionados con monopolio de hecho y es frente a esta figura legal donde el consumidor más desprotegido se encuentra porque la propia inexistencia de competencia torna desigual la relación de consumo.

Para equilibrar la desigualdad se le ha dado a la ley 24.240 de Defensa del Consumidor el mismo status que la normativa que rige los servicios públicos de modo que ya no es de aplicación supletoria, sino de plena vigencia en defensa de los derechos de usuarios y consumidores. El propio Dr. Lorenzetti así lo sostenía en su carácter de académico y doctrinario del derecho en trabajos previos a su ingreso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. “Desde la entrada en vigencia del régimen reformado (por la Ley 26.361), las normas aplicables a las relaciones jurídicas que vinculan a empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios y usuarios son las que integran el estatuto del consumidor, resultando indistinto el origen de las mismas (normativa específica u otra fuente), ya que en caso de conflicto interpretativo deberá estarse a la solución más beneficiosa para el consumidor” (Cf. LORENZETTI, Ricardo, “Consumidores”, Rubinzal Culzoni, Santa Fe, p. 575).

Como hemos visto tanto en ONCE como en Rosario se ha tratado de direccionar la responsabilidad de lo sucedido a los más vulnerables: en el primer caso, el maquinista de la formación y ahora se hace eje sobre la persona del gasista.

Más allá de las responsabilidades de cada uno de ellos que la justicia deberá delimitar, queda en claro que los monopólicos prestadores son los que deben rendir cuentas ante los consumidores y usuarios.

En ese sentido, el régimen del consumidor no deja dudas y por aplicación del art. 28: “Los usuarios de servicios públicos que se prestan a domicilio y requieren instalaciones específicas, deben ser convenientemente informados sobre las condiciones de seguridad de las instalaciones y de los artefactos” y del art. 30: “Cuando la prestación del servicio público domiciliario se interrumpa o sufra alteraciones, se presume que es por causa imputable a la empresa prestadora.”, las obligaciones legisladas sólo pueden ser cumplidas por la propia empresa prestadora del servicio siendo impensable que tal cuestión recaiga sobre el gasista.

Desde el movimiento de consumidores sostenemos que la responsabilidad de Litoral Gas es total y que no hay ningún vericueto legal que permita exceptuarla de ella. La empresa debe hacerse cargo por el estrago que ha causado porque demostró la falta de control sobre el servicio prestado.
También consideramos que la tragedia de Rosario nos debe llevar a replantear la formación, capacitación y actualización permanente de quienes detentan un oficio y, además, se debe revisar el circuito administrativo que se aplica para el reconocimiento de matriculación, en este caso, de los gasistas. La autoridad de control debe, en esta dirección, revisar los procesos y mejorar las prestaciones.

Desde los propios consumidores debemos instar a los administradores de Consorcios a una correcta señalización de evacuación y debemos comprometernos, tal como pasa en escuelas o edificios públicos, a realizar los simulacros de evacuación que nos permitan estar preparados para emergencias. Al día de hoy, ningún usuario, en su condición de vecino, sabe cómo actuar frente a estos hechos inesperados.

En definitiva, creemos que desde el Estado, las empresas y desde la propia sociedad civil debemos aportar para garantizar seguridad y mejorar la calidad de vida, sin tener que padecer más muertes por hechos que son absolutamente evitables.

Por Fernando Blanco Muiño
Presidente